Banco Central Chileno publica propuesta sobre condiciones para transar en pesos valores extranjeros

El Banco Central puso hoy para comentarios de agentes del mercado y del público en general una propuesta que contiene los términos y condiciones para autorizar que se transen en pesos los valores e instrumentos extranjeros, acorde al inciso final del artículo 184 de la Ley de Mercado de Valores.

Esta iniciativa se enmarca en el contexto de facilitar el desarrollo de un espectro más amplio de alternativas de inversión en el mercado local, informó el instituto emisor.

Un beneficio adicional es permitir que la transacción de estos instrumentos, al realizarse en pesos, pueda efectuarse a través de entidades de contraparte central, las cuales incorporan sistemas más robustos de gestión de riesgo operacional y garantías. Lo anterior, se explica por cuanto las entidades de contraparte central liquidan sus operaciones en pesos en el Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (LBTR) del Banco Central.

Específicamente, se autorizará la transacción y el pago en pesos de cuotas de participación de fondos mutuos o fondos de inversión extranjeros transados en bolsa (cuotas de “Exchange Traded Funds” o ETF por sus siglas en inglés), acciones de sociedades anónimas extranjeras y Certificados de Depósito de Valores (CDV) de cualquiera de estos instrumentos.